Notificación por aviso No. 26 del 25/06/18 a Ricardo Zambrano Chaparro y William Alberto García Ramírez – Resolución Expropiación No. 556 del 5/04/18 del Predio No. 43A.
Con el fin de realizar la notificación por aviso a los señores Ricardo Zambrano Chaparro y William Alberto Garcia Ramirez de la de la Resolución de Expropiación No. 0556 del 5 de abril de 2018 del Predio No. 43A, se fija el presente aviso. Teniendo en cuenta que previamente se surtió el trámite de notificación personal mediante oficio de citación ANI No. 2018-606-011128-1 del 13 de abril de 2018, enviado mediante Correo Certificado Nacional con guía de envió No. YP002854996CO de la empresa 472, y posteriormente se realizó notificación por aviso mediante oficio de citación ANI No. 2018-606-016114-1 del 25 de mayo de 2018, enviado mediante Correo Certificado Nacional con guía de envió No. YP002924459CO de la empresa 472; comunicaciones que fueron devueltas y no pudieron ser entregadas por considerarse la dirección errada.
En ese sentido y debido a que se desconoce el domicilio de las personas que se pretenden notificar por este medio, se hace necesario dar aplicabilidad al inciso Segundo del Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo efectuando la notificación por aviso No. 0026 del 25 de junio de 2018 de la ANI, con la advertencia de que este aviso permanecerá fijado por un término de cinco (5) días hábiles, es decir desde el 27 de junio de 2018 hasta finalizar el día 04 de julio de 2018, y se entenderán como notificados los señores Ricardo Zambrano Chaparro y William Alberto Garcia Ramirez al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Contra la resolución que se pretende notificar procede por vía gubernativa y en efecto devolutivo, el recurso de reposición previsto en el Artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación ante el Vicepresidente de Planeación, Riesgos y Entorno de la Agencia Nacional de Infraestructura –ANI en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo, el Artículo 21 de la Ley 9 de 1989 y el Artículo 31 de la Ley 1682 de 2013.